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Inmigración

Actualización Sobre DACA
Las renovaciones de DACA siguen disponibles para las personas que actualmente tienen DACA. Quienes tienen DACA deben continuar renovándolo y se les recomienda presentar su solicitud de renovación con anticipación, al menos 7 meses antes de que venza. Renovar en línea puede ser más rápido y un poco menos costoso.

Actualmente, inmigración NO está aprobando nuevas solicitudes de DACA (solicitudes de personas que nunca antes han tenido DACA y renovaciones de personas cuyo DACA venció hace más de un año) debido al litigio en curso. USCIS puede aceptar estas solicitudes y enviar avisos de recibo, pero actualmente no las está procesando ni aprobando.

DACA continúa viéndose afectado por litigios en curso y las políticas pueden cambiar. Recomendamos que los miembros de la comunidad hablen con un proveedor confiable de servicios legales de inmigración para recibir orientación sobre su situación individual.
Creemos que los residentes del Condado de San Mateo deben tener acceso a servicios legales confiables y de alta calidad, independientemente de su situación económica.
LIBRE ofrece asesoría legal, asistencia y representación gratuitas a residentes elegibles del Condado de San Mateo en ciertos asuntos de inmigración. Apoyamos a sobrevivientes de violencia, niños, niñas y jóvenes elegibles que han sufrido abuso, abandono o negligencia por parte de uno de sus padres, y a otros residentes del Condado de San Mateo que buscan orientación legal sobre inmigración.

Actualmente ofrecemos asistencia con las siguientes formas de alivio migratorio:
Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA)

INMIGRACIÓN NO ESTÁ PROCESANDO NUEVAS SOLICITUDES DE DACA.

​La Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA, por sus siglas en inglés) es un ejercicio de discreción procesal que proporciona un alivio temporal de la deportación (acción diferida) y autorización de trabajo para ciertos jóvenes inmigrantes indocumentados. DACA fue creado el 15 de junio de 2012 por la entonces Secretaria de Seguridad Nacional, Janet Napolitano. A diferencia de la legislación federal, DACA no proporciona un estatus legal permanente a las personas y debe renovarse cada dos años.

Requisitos iniciales de DACA:
  • Ahora tiene 15 años o más (o está en proceso de deportación) y tenía menos de 31 años el 15 de junio de 2012.
  • Ingresó a los Estados Unidos antes de cumplir 16 años y antes del 15 de junio de 2007.
  • Ha vivido de forma ininterrumpida en los EE. UU. Desde el 15 de junio de 2007 hasta el presente.
  • Estuvieron físicamente presentes en los EE. UU. El 15 de junio de 2012 sin papeles (sin estatus).
  • No tiene lo que inmigración considera antecedentes penales graves.
  • Están actualmente en la escuela a tiempo completo, se graduaron de una escuela secundaria de los EE. UU. (Diploma HS o GED) o fueron dados de baja honorablemente de las Fuerzas Armadas de los EE. UU.
Source: American Immigration Council
​​Estado Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS)

​El Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS, por sus siglas en inglés) ofrece un camino hacia una tarjeta verde para ciertos jóvenes inmigrantes. En particular, brinda una vía para que los jóvenes indocumentados obtengan un estatus legal cuando están sujetos a la jurisdicción de un tribunal de menores, no pueden reunirse con uno o ambos padres debido a abuso, negligencia, abandono o una base similar según la ley estatal, y es no les conviene regresar a su país de origen. Los jóvenes que tengan éxito en obtener SIJS pueden solicitar una tarjeta verde. Existe un límite en la cantidad de personas por país que pueden obtener una tarjeta verde a través de SIJS en un año fiscal determinado.

Elegibilidad:
  • Declarado dependiente de un tribunal de menores o puesto bajo la custodia de una agencia estatal o persona o entidad designada por el estado o el tribunal
  • La reunificación con uno o ambos padres no es viable debido a abuso, negligencia, abandono o una base similar según la ley estatal
  • No es lo mejor para el joven ser devuelto al país de origen
  • Menores de 21 años
  • Soltero
Source: ILRC
Estatus de Protección Temporal (TPS)
​

TPS es un estatus migratorio temporal proporcionado a ciudadanos de países específicamente designados que enfrentan un conflicto armado en curso, un desastre ambiental o condiciones extraordinarias y temporales. Proporciona un permiso de trabajo y una suspensión de la deportación a los ciudadanos extranjeros de esos países que se encuentran en los Estados Unidos en el momento en que el gobierno de los Estados Unidos hace la designación. TPS no brinda a los beneficiarios un camino separado hacia la residencia permanente legal (tarjeta verde) o ciudadanía.

Elegibilidad:
  • Ser nacional de un país designado para el TPS, o una persona sin nacionalidad que haya residido habitualmente por última vez en el país designado. La lista actual de países TPS se puede encontrar aquí.
  • Presente su solicitud durante el período abierto de inscripción inicial o reinscripción, o cumpla con los requisitos para la presentación inicial tardía durante cualquier extensión de la designación de TPS de su país.
  • Haber estado físicamente presente continuamente (CPP) en los Estados Unidos desde la fecha de vigencia de la fecha de designación más reciente de su país.
  • Haber residido continuamente en los Estados Unidos desde la fecha especificada para su país.
Source: American Immigration Council
Visa U
​

El Congreso creó la visa U de no inmigrante en 2000 cuando aprobó la Ley de Protección de Víctimas de la Trata y la Violencia. Su propósito era alentar a los inmigrantes a denunciar delitos a las fuerzas del orden y también brindar protección a quienes estuvieran dispuestos a cooperar. El Congreso tenía la intención que la ley protegiera a las víctimas de delitos domésticos y otros delitos violentos, pero también expresó explícitamente su intención de que la visa protegiera contra delitos calificados relacionados con el lugar de trabajo. Los titulares de la Visa U pueden obtener una Autorización de trabajo, agregar derivados a su solicitud y eventualmente solicitar una tarjeta verde.

Elegibilidad:
  • El crimen debe ser denunciado a las autoridades y la víctima debe cooperar.​
  • Necesita certificación firmada por la policía de los EE. UU.
  • Los solicitantes mayores de 21 años pueden incluir hijos solteros menores de 21 años / cónyuge
  • Los solicitantes menores de 21 años pueden incluir niños, cónyuge, hermanos menores de 18 años y padres.
Source: NILC
Ley de Violencia contra las Mujeres (VAWA)
​

La Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA, por sus siglas en inglés) se creó para abordar un problema generalizado de víctimas no ciudadanas de violencia doméstica o abuso que permanecen con sus abusadores por temor a la deportación porque el abusador tenía el papel clave para que la víctima obtuviera un estatus migratorio legal en los Estados Unidos. . La elegibilidad libera a la víctima de tener que depender de la cooperación del abusador para presentar una petición basada en la familia. Bajo VAWA, un cónyuge o hijo abusado de un residente permanente legal (LPR) o ciudadano estadounidense (USC), o un padre abusado de un hijo o hija de USC puede presentar una auto-petición por su cuenta. Sin embargo, las personas que califican para VAWA pueden incluir más miembros de la familia como derivados en sus solicitudes y tanto el principal como el derivado pueden obtener beneficios de inmigración a través del proceso.

Elegibilidad​:
  • Victima de abuso por un mienbro familiar que sea Ciudadano o Residente:
  • Esposo (a)
  • Hijo (a) Adulto (a) (> 21),
  • Padres
  • Cualquier evidencia creíble de abuso – No se requiere reporte policial.
  • Puede incluir niños menores de edad.
Source: ILRC
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